Clave de incorporación 11PJN0175G acuerdo número 7 del 21-05-81
Clave de incorporación 11PPR0704X acuerdo número 133 del 17-07-96
1979 - 2026 Incorporado a la SEG
"Se instruye con el saber, se educa con el actuar"
Criterios de Becas Instituto Latinoamericano Bilingüe, A.C.
I. FUNDAMENTO.
El presente apartado se emite con fundamento en lo dispuesto por el artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; las disposiciones aplicables de la Ley General de Educación; la Ley de Educación para el Estado de Guanajuato; así como en el Acuerdo Secretarial 020/2024, mediante el cual se expide el Lineamiento que regula el otorgamiento de becas para instituciones educativas particulares con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios de la Secretaría de Educación, emitido por la Secretaría de Educación de Guanajuato y publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 17 de abril de 2024.
De manera específica, se atiende a lo previsto en los artículos 12 al 23 y demás aplicables del Lineamiento referido, relativos a los porcentajes de becas, la obligación de reporte ante la autoridad educativa, la gratuidad del trámite, la vigencia de las becas y los derechos de los educandos beneficiarios.
II. PORCENTAJE DE BECAS.
La institución educativa otorgará becas considerando un porcentaje equivalente al 5% de la matrícula total de alumnos inscritos, en cumplimiento de la normativa aplicable para instituciones educativas particulares con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios.
III. TIPOS DE BECAS.
La institución podrá otorgar las siguientes modalidades:
a) Beca de aprovechamiento académico, aplicable únicamente para nivel primaria.
b) Beca económica o socioeconómica, destinada a alumnos cuya familia acredite necesidad económica.
Para solicitar cualquiera de las modalidades será necesario haber cursado, al menos, un ciclo escolar dentro de la institución educativa.
IV. REQUISITOS ACADÉMICOS.
Para ser considerado candidato a beca se deberá cumplir con los siguientes promedios mínimos:
a) Beca de aprovechamiento académico: promedio mínimo de 9.5.
b) Beca económica: promedio mínimo de 9.0.
V. CONSERVACIÓN DEL BENEFICIO.
Para conservar el beneficio de la beca durante el ciclo escolar correspondiente, el alumno deberá:
a) Mantener el promedio mínimo requerido según el tipo de beca.
b) Presentar buena conducta conforme al Reglamento Escolar vigente de la Institución y el Reglamento Escolar para una Convivencia en la Paz del Estado de Guanajuato.
c) Cumplir oportunamente con el pago de los conceptos no cubiertos por la beca.
d) El incumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos para la beca podrá derivar en su cancelación. Dicha cancelación se realizará conforme a lo previsto en el Contrato de Prestación de Servicios y en el Reglamento Interno de la institución.
VI. VIGENCIA Y RENOVACIÓN.
Las becas serán válidas únicamente durante el ciclo escolar en el que se otorguen y podrán renovarse cada año, previa evaluación del cumplimiento de los requisitos establecidos. La renovación estará sujeta a lo dispuesto en la convocatoria de becas vigente y a la normativa aplicable, garantizando que los beneficiarios continúen cumpliendo con los criterios académicos, de conducta y administrativos requeridos por la institución.
VII. PROCEDIMIENTO Y FECHAS DE SOLICITUD.
Los interesados deberán:
a) Solicitar el formato de beca en las oficinas administrativas de la institución a partir del 1 de diciembre de 2026.
b) Entregar la solicitud debidamente requisitada y con documentación completa a mas tardar el 18 de diciembre de 2026.
Las solicitudes de beca que se presenten después del plazo establecido no serán tomadas en cuenta, salvo que el Comité de Becas determine expresamente su aceptación por motivos justificados.
VIII.RESTRICCIÓN POR NÚCLEO FAMILIAR.
Se otorgará una sola beca por familia, salvo casos excepcionales debidamente justificados y autorizados por el Comité de Becas.
IX. DISPONIBILIDAD Y ASIGNACIÓN.
Una vez cubierto el porcentaje de becas correspondiente a la matrícula del ciclo escolar, o concluido el periodo de recepción de solicitudes, no se asignarán becas adicionales.
X. DISPOSICIONESCOMPLEMENTARIAS.
Las becas otorgadas serán válidas durante todo el ciclo escolar en que se concedan y, en principio, no podrán cancelarse. Sin embargo, podrán suspenderse o cancelarse únicamente en los casos previstos en el reglamento interno de la institución, como el incumplimiento de los requisitos académicos, la falta de buena conducta, el incumplimiento de obligaciones administrativas relacionadas con la beca o el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Contrato de Prestación de Servicios
En situaciones no contempladas expresamente en estos lineamientos, la Dirección de la institución será la autoridad competente para tomar la decisión correspondiente.
Todas las decisiones sobre las becas se tomarán con transparencia, equidad y respeto a la normatividad vigente. Esto garantiza que el otorgamiento y seguimiento de las becas sea claro, justo y consistente, protegiendo siempre los derechos de los alumnos beneficiarios.
Instituto Latinoamericano Bilingüe, A.C.
Ing. Manuel Alejandro Chávez Carbajo.
Representante Legal.
